Top links
Nuestra tienda usa cookies para mejorar la experiencia de usuario y le recomendamos aceptar su uso para aprovechar plenamente la navegación.
Iniciar sesión | Registrarse
Publicado el : 10/09/2019 14:44:10 Categorías : Noticias Grupo Disber
Si usted, empresario, ha pensado en cambiar esta costumbre sin que sus trabajadores lo sepan y estén de acuerdo porque el Tribunal Supremo acaba de decir a una empresa que no podrá dejar de repartir la cesta de Navidad que en 2016 sustituyó por un cóctel.
La razón, que cuando existe una “permanencia continuada en el tiempo” del disfrute de este obsequio, la empresa no puede decidir unilateralmente suprimirla.
Así lo ha establecido en una reciente sentencia la Sala de lo Social del Alto Tribunal. No es esta la primera sentencia del Supremo que determina que la cesta de Navidad es un derecho adquirido de los trabajadores o condición más beneficiosa por voluntad inequívoca de la empresa.
Se debe guardarClic here to registered
ENTÉRATE DE LAS NOVEDADES